La urgencia de una Constitución que reconozca derechos sexuales y reproductivos

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Marcela Puentes - Guat.cl

26 / 10 / 2020

Los derechos sexuales y reproductivos buscan reconocer y garantizar que las personas puedan, en libertad, tomar decisiones sobre su vida sexual, afectiva y reproductiva con confianza y seguridad, sin ningún tipo de discriminación, abuso, coerción o violencia.

Expertos reconocen que para garantizar dichos derechos es indispensable el acceso a la educación e información. Sin embargo, en Chile la realidad dista de ser ideal.

El pasado 15 de octubre la Cámara de Diputados rechazó un Proyecto de Ley de Educación Sexual e Integral, dejándolo “archivado” y faltando al cumplimiento de la Ley 20.418, que reconoce el derecho a recibir información, orientación y educación en materia de regulación de la fertilidad.

Educación sexual e integral en Chile

El Primer Informe de Salud Sexual, Salud Reproductiva y Derechos Humanos del Instituto Nacional de la Juventud (INJUV) señala que el 83% de los jóvenes chilenos accede a información de sexualidad a través de redes sociales. Un 71% de estos niños, niñas y adolescentes lo hace por medio de páginas de internet.

Asimismo, un sondeo sobre derechos reproductivos del 2014, realizado por el INJUV, develó que un 36% de los jóvenes y adolescentes evalúan como “regular” la educación sexual impartida en sus colegios y un 34% la declara como “mala” o “muy mala”.

Uno de los problemas que causaría este escenario se origina en la Ley General de Educación (que deroga en LOCE en 2009), la cual no define la obligación de establecer un plan de educación sexual dentro del currículum formativo en enseñanza básica y media, por tanto, quedó a criterio de cada centro educacional instruir en temáticas de educación sexual.

La directora ejecutiva de la Asociación Chilena de Protección de la Familia (APROFA)Débora Solís, aseguró que por este motivo es “tan importante lo que vamos a vivir el próximo domingo” durante el plebiscito que aprobará o rechazará una nueva Constitución para Chile.

“Podemos empezar a escribir una Constitución que garantice estos derechos y no seguir mendigando este tipo de leyes (…) La libertad de enseñanza lo que hace es poner en manos de un sostenedor, de un privado finalmente (…) pero no existe educación integral de la sexualidad como una política que obligue al Estado a su implementación (…) Los profesores no están formados”, sostuvo.

Embarazo adolescente

De acuerdo con el Primer Informe de Salud Sexual, Salud Reproductiva y Derechos Humanos en Chile, la carencia de esta política educacional promueve el embarazo adolescente, afectando principalmente a estudiantes mujeres en situación de pobreza o con menor nivel educativo.

Entre el período 2014 – 2015, la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB) calcula un total de 18.000 estudiantes que son madre o padre y/o tienen un hijo/a en gestación. Adicionalmente, el inicio de la actividad sexual se ha erigido en edades más tempranas en los y las adolescentes, en hombres es de 16,4 años y en mujeres de 17,1 años de edad. A menor nivel socioeconómico, disminuye la edad promedio en que las personas inician su vida sexual.

“Piden que una joven de 14 años decida ir a un consultorio cuando ella no siente la necesidad. Si nosotros seguimos dejando la educación sexual en las redes sociales, en la pornografía, en un montón de información que no es real, las niñas no van a sentir que necesitan ir a la matrona a pedir anticonceptivos, son muy pocas las que llegan (…) Otra cosa es que el uso de anticonceptivos no es tan fácil de usarlos, tomarse una pastilla todos los días para un adulto es complicado, para un adolescente mucho más”, recalcó Marcela Puentesdirectora de la carrera de Obstetricia y Neonatología de la Universidad Diego Portales.

Criminalización del aborto

La ley N°18.826, instaurada por la dictadura militar, reemplaza el artículo 119 del Código Sanitario y penaliza el aborto en los artículos 342 a 345 de la Constitución, bajo el título de “Crímenes y Delitos contra el Orden Familiar y la Moralidad Pública”. La pena por el delito es de tres a cinco años por obtener un aborto y de 541 días a tres años por proveer un aborto.

En la actualidad, el aborto en Chile solo se permite en tres causales: Si la mujer se encuentre en riesgo vital, de modo que la interrupción del embarazo evite un peligro para su vida; si el embrión o feto padece una patología congénita adquirida o genética, incompatible con la vida extrauterina independiente; o si el embarazo fue resultado de una violación, siempre que no hayan transcurrido más de doce semanas de gestación.